LA OMIC DE ALZIRA PONE EN MARCHA UNA CAMPAÑA INFORMATIVA SOBRE SUS FUNCIONES BÁSICAS
Se distribuirán 15.000 folletos explicativos por toda Alzira a partir de mañana
La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Alzira pone en marcha una campaña para informar a los consumidores sobre las funciones que desempeña este ente público con el objetivo de evitar malentendidos por parte de los consumidores.
El concejal de Consumo, Manolo Nebot, ha aclarado que “esta campaña se realiza para que los consumidores y usuarios conozcan claramente las funciones de la OMIC, ya que por la experiencia hemos comprobado que algunas de las personas que se acercan a reclamar no conocen las funciones de este servicio y llaman a la puerta equivocada. De esta manera queremos dejar claro en que consiste nuestro servicio para el consumidor tenga una mejor información”.
La campaña consiste en la distribución por toda la ciudad de 15.000 folletos explicativos donde aparece la información básica sobre los servicios que ofrece la OMIC de Alzira y las funciones principales que desempeña.
La OMIC de Alzira es un servicio que el Ayuntamiento de Alzira ofrece a los consumidores y usuarios de nuestra ciudad. Las funciones que tiene este servicio son:
Informar, ayudar y orientar a los consumidores y usuarios para el adecuado ejercicio de sus derechos.
Tramitar y gestionar las consultas, denuncias y reclamaciones que presentes los consumidores.
Inspeccionar los bienes y servicios de uso o consumo común.Realizar tareas de información, formación y educación en materia de consumo.
Existen tres vías posibles para reclamar en la OMIC: personalmente en la oficina, por registro de entrada del Ayuntamiento, o bien remitiendo la reclamación por correo postal o cualquier otro medio. En cualquier caso, para poder reclamar el consumidor debe acreditarse con su nombre, DNI, dirección y teléfono de contacto. Además debe identificar, claramente, el establecimiento o la empresa a la que reclama, con su nombre y dirección. También debe detallar brevemente las causas de la reclamación y sobretodo, concretar lo que se solicita. Y por último, acompañar su reclamación con fotocopias de todos los documentos que posea: facturas, contratos, resguardos, etc.
En la OMIC no se admiten las reclamaciones por la compra de un producto o servicio realizadas por comerciantes, profesionales o empresarios; ya que no actúan como consumidores finales según el artículo 1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios 26/1984. Tampoco se recogen las reclamaciones por las compras de productos o servicios de particular a particular porque no son temas de consumo, ya que el vendedor o prestador del servicio no se dedica profesionalmente a ello. No son válidas las reclamaciones en las que falte el documento probatorio de la relación contractual como el contrato, la factura o el tiquete. Y por último, no se admiten en la OMIC las reclamaciones contra la Administración Pública.
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